Cambio de administrador de consorcio: puede ser ordenado.
La asamblea decide; nosotros ordenamos la transición. El cambio no interrumpe el funcionamiento del edificio: se hace por etapas, con documentación y plazos definidos.
Las cuatro etapas del cambio
- ETAPA 01SIN CARGO
Relevamiento
Visita técnica al edificio y lectura de las últimas liquidaciones, actas y contratos vigentes.
- ETAPA 02POR ESCRITO
Propuesta
Informe con estado detectado, plan de trabajo, honorarios y prioridades del primer año.
- ETAPA 03DECIDE LA ASAMBLEA
Asamblea
Acompañamos la convocatoria y presentamos la propuesta. Si la asamblea nos designa, la decisión queda asentada en acta.
- ETAPA 04OBJETIVO: 30 DÍAS
Transición
Traspaso de documentación, altas ante organismos y primera liquidación con criterio propio.
Cuándo conviene evaluar un cambio
- ↗Expensas que no se entienden o llegan tarde
- ↗Comprobantes que hay que pedir — y no llegan
- ↗Urgencias sin seguimiento ni respuesta
- ↗Presupuestos que no se pueden comparar
- ↗Mantenimiento siempre reactivo, nunca planificado
- ↗Documentación desordenada o asambleas que no se convocan
Qué documentación se traspasa
En la transición pedimos, revisamos y ordenamos la documentación del consorcio:
- ↗Libros de actas y de administración
- ↗Estado de cuentas, saldos y deudores
- ↗Contratos y legajos del personal del edificio
- ↗Contratos con proveedores y servicios vigentes
- ↗Pólizas de seguro y certificados obligatorios
- ↗Planos, llaves y documentación técnica
Cuánto tarda el cambio de administración
Desde la asamblea que designa a la nueva administración, la primera liquidación con criterio propio sale dentro del mes siguiente, y el traspaso documental se coordina para completarse dentro de los 30 días, sujeto a la entrega de la documentación por la saliente. Durante ese período el edificio no se detiene: sueldos, servicios y urgencias siguen funcionando.
Quién decide el cambio
La decisión es de los propietarios reunidos en asamblea, con la convocatoria, el quórum y las mayorías que correspondan según el reglamento y la normativa vigente. El consejo reúne y compara propuestas; la convocatoria se gestiona por quien tenga la facultad de hacerla. La designación queda asentada en acta, y con esa acta se tramitan las altas ante los organismos.
Qué pasa si la saliente no entrega la documentación
La falta de entrega se documenta desde el primer día: inventario de lo recibido, constancia de lo faltante y reclamo formal, con asesoramiento del área legal cuando corresponde. Asumir no requiere esperar a que la saliente entregue todo; requiere dejar registro de qué falta.
CONSULTAS FRECUENTES
¿Cómo se calculan los honorarios?+
Se calculan según la cantidad de unidades funcionales y la complejidad de las instalaciones. Se informan por escrito antes de la asamblea, sin comisiones sobre compras ni contratación de proveedores.
¿Qué pasa con los deudores?+
Gestión de morosidad escalonada con asesoramiento legal: aviso, intimación y, cuando corresponde, acción judicial. Las decisiones se encuadran en el reglamento y las facultades de los órganos del consorcio.
Lo que publicamos se puede verificar en las fuentes oficiales y de los organismos profesionales:
- GCBA — Registro Público de Administradores de Consorcios (inscripción y obligaciones) (se abre en otra pestaña)
- GCBA — Buscador público de administradores matriculados (se abre en otra pestaña)
- GCBA — Manual de buenas prácticas consorciales (Disp. 521/DGDYPC/25), antecedente: derogado desde el 10/09/2026 (se abre en otra pestaña)
Empezá por una visita sin cargo
La visita de relevamiento y el informe inicial no tienen cargo ni compromiso de designación. Escribinos con la dirección del edificio y la cantidad de unidades.
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